- Requisito: más de un año de matrimonio, aun antes de la vigencia del CCCN.
- Forma: escritura pública.
Oponibilidad frente a terceros interesados de buena fe: a partir de su anotación marginal en el acta de matrimonio
Cursos disponibles en el Campus Virtual sobre esta temática (exclusivo para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires):
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